Borradores

 

Poco a poco, el nuevo ROC va tomando forma. Grupos de trabajo formados por directores elaboran el texto bajo la tutela de la Inspección y con observancia estricta de la Ley. Muchos de ellos solicitan del Claustro su participación en el peliagudo diseño de lo que no es sino una colección de aporías burocráticas. Esto es, un problema insoluble. Los neodirectores – que, al fin al cabo, son compañeros – se enfrentan a una tarea cuya primera dificultad es la de conjurar toda sospecha de cortijismo. Existirán, cómo no, las excepciones, y algunos asumirán el liderazgo de que les inviste el ROC como una coartada legal para gobernar los centros a su antojo. Elevemos nuestras plegarias para que sean pocos.

Una parte esencial del ROC es lo que se conoce como Proyecto Educativo, donde se han de recoger las señas de identidad del centro y el tipo de educación que se desea. Deben contemplarse en él los objetivos particulares que el IES se propone alcanzar, los valores que contempla y las medidas que  desarrollará para alcanzar sus fines (Artículo 23 del ROC). El legislador pone mucho énfasis en el contexto social y las peculiaridades de cada Instituto. Habla de «condiciones concretas», de que los objetivos se definirán «partiendo de la realidad» en que cada centro está inmerso, de hacer, en fin, que las escuelas sean, desde un punto de vista cultural, «elementos dinamizadores» de la zona donde se ubican.

Aquí surge la Primera Aporía. Una educación que se proclama compensadora de las desigualdades toma la desigualdad como referente. La escuela, que antes se concebía como un ascensor social, corre el riesgo de convertirse en exactamente  todo lo contrario: un lecho de Procusto adaptado a la medida de lo contingente. Entendemos, pues, que el barrio marginal y la urbanización de clase media-alta disfrutarán de Institutos con proyectos educativos muy distintos, puesto que el entorno de uno y otro difieren en una medida equivalente. Esto significa que el individuo – el alumno de carne y hueso, y no las entelequias «zonales» – debe asumir su pertenencia a un grupo social cuyo perfil determinan personas que no viven en el barrio y que, en ocasiones, apenas conocen de él más allá del camino que conduce al puesto de trabajo. Esto no tendría tanta importancia si la libertad de elección de centro fuera efectiva, y no, como es ahora, el producto de una burocrática asignación territorial. En las actuales circunstancias, las familias tendrán que aceptar que unos extraños conciban la enseñanza de sus hijos a partir de un, cuando menos, dudoso retrato sociológico.

El Proyecto Educativo del ROC presenta puntos más discutibles, si cabe, que el que acabamos de mencionar. En los objetivos y finalidades educativas, la omnipresencia de las competencias básicas como meta esencial desdibuja el papel de los contenidos. Ésta es una moda europea a la que los paladines del progreso se están entregando con un ardor y una pasión reguladora dignas de mejor causa. Ya hemos analizado otras veces la futilidad de esta logomaquia competencial, que constituye, por sí sola, una Segunda Aporía. Aquélla que presenta como posible adquirir una destreza cualquiera con independencia de los conocimientos objetivos que se necesitan para desarrollarla. A este respecto, contaré aquí lo que me relataba una profesora de Música que trabaja en Galicia. Por lo visto, se decidió consignar en el boletín de notas no sólo la calificación en la asignatura, sino el grado de competencia que había alcanzado el alumno. Por supuesto, la  verdadera nota  era la que evaluaba la consecución de los objetivos, mientras que el apartado competencial apenas podía ser otra cosa que un simple anexo sin ninguna incidencia en la evaluación del estudiante. Al cabo de un tiempo, los profesores, conscientes del absurdo, optaron por evaluar la competencia en función de la nota obtenida, y no como una particularidad exenta. Parece plausible pensar que quien saca un 1 en Lengua Española ha demostrado poca competencia lingüística, por mucho que en su casa sea un Demóstenes o se desenvuelva con soltura en una variedad diastrática de la jerga callejera. Porque – y esto se olvida con frecuencia – la Escuela parte de un pacto entre profesor y alumno, por el cual aquél se obliga a enseñar lo que éste se compromete a aprender. A veces se esgrime el argumento de que en la Escuela fracasaron mentes maravillosas que en su vida adulta se convirtieron en grandes artistas, científicos o pensadores, y que esto fue el resultado de una pedagogía trasnochada que no había descubierto el fascinante mundo de las competencias. Este argumento olvida convenientemente la existencia de muchos otros talentos que sí fueron brillantes, tanto en la Escuela como en la vida adulta. Los centros educativos tienen sus propios estándares de logros y excelencia, y, en efecto, puede darse el caso de que alguien no encaje en los parámetros de una enseñanza reglada, lo que no invalida el hecho de que esa misma enseñanza pueda ser muy beneficiosa para otros menos dotados. Quienes invocan los ejemplos de Mark Twain o de Einstein como eximios proscritos escolares no hacen sino cambiar unas reglas por otras, y no precisamente para aumentar el nivel de excelencia que demandaría un futuro genio, sino para ceñir a todos el corsé de la mediocridad más igualitaria. Si tan así fuera que uno puede ser competente con independencia de los contenidos, la conclusión lógica sería que uno también puede ser competente con independencia de los programas académicos, lo que significa, a la postre, que las escuelas devienen mausoleos inútiles. Ni que decir tiene que los defensores de esta nueva pedagogía estatal no se muestran tan generosos en lo que se refiere al homeschooling o «Educación en casa».

Sea como fuere, lo que la Ley no explicita es que las competencias básicas hayan de ser el principio rector de los proyectos educativos. En todo caso, deben estar emparejadas con los objetivos que la Ley prescribe para cada asignatura. Estén alerta en este punto, pues, en virtud de la supuesta autonomía que el ROC concede a los centros, habrá quienes tengan la tentación de convertir los contenidos de las asignaturas en quincalla subsidiaria de las metafísicas competencias básicas, lo cual no es sino un modo como otro cualquiera de reducir los niveles de exigencia hasta el mínimo posible y garantizarse una cuota de aprobados políticamente correcta. En este sentido, los Principios Generales contemplados en la LOE para la Secundaria (Capítulo III, Artículo 22) nos proporcionan un asidero al que agarrarnos si las rebajas se nos antojan excesivas:

Artículo 22.2

«La finalidad de la educación secundaria obligatoria consiste en lograr que los alumnos y alumnas (sic) adquieran los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico; desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo; prepararles para su incorporación a estudios superiores y para su inserción laboral y formarles para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos»

En efecto, éste fue, y debería seguir siendo, el objetivo primordial de los centros de Enseñanzas Medias: preparar para la Universidad. Otros fines – asistencia social, taller de oficios, alfabetización o educación especial – deberían tener sus propios espacios y contar con los profesionales más capacitados para tales cometidos. Creo fundamental que en cualquier apartado dedicado a objetivos, generales o de etapa, debe estar presente esta característica distintiva de los Institutos, máxime cuando sufrimos la desventaja comparativa de tener el Bachillerato más corto del mundo desarrollado.

Otro punto discutible es el que se refiere a los Objetivos de mejora del rendimiento escolar. Los escritos que manejo hacen hincapié en intentar alcanzar las máximas tasas de promoción posibles. Objetivo loable, es cierto, pero que viniendo de nuestros legisladores políticos hay que recibir con prevención y un justificado escepticismo. Pues, a continuación, se nos expenden las «recetas» idóneas para ello:

«Valorar el trabajo diario y los procedimientos, de manera que se compruebe la adquisición de las competencias y conocimientos con un menor peso de exámenes y pruebas escritas«.

Esto supondría bajar el listón aún más. El trabajo diario, por sí solo, supone poca cosa. ¿Qué ocurre si el alumno trabaja “mal” día tras día? En cambio, si ese cotidiano esfuerzo es fructífero, pocos serán los casos en los que tanta laboriosidad no tenga su refrendo en los exámenes. A cambio, propongo esta nueva redacción:

«Conseguir que trabajo diario y procedimientos tengan un reflejo equivalente en las pruebas, orales y escritas, realizadas por los alumnos».

Otro leitmotiv de los borradores de Proyecto que circulan por ahí hace referencia al trabajo cooperativo y por proyectos. Es tanta la insistencia que resulta sospechosa. Teniendo en cuenta que el profesor va a estar a merced del líder pedagógico (neodirector), del Jefe de Área y del Jefe de Dpto. de Formación y Evaluación, conviene cubrirse las espaldas y sugerir un artículo más abierto:

«Trabajar en metodologías y recursos didácticos que verifiquen la consecución de los contenidos académicos».

Pues una potestad indiscutible del profesor es la libertad de cátedra, que le exime de acatar una política pedagógica de sentido único. Muchos son los métodos que pueden conducir al éxito escolar. Lo difícil es encontrar al maestro que haga de ese método una invitación a la cultura y el discernimiento.

Siguiendo en esta línea, el punto que encuentro más peligroso es el que pretende marcar las Líneas generales de actuación pedagógica, de modo tal que la famosa autonomía de centro acaso se convierta, para el profesional del aula, en una auténtica sumisión a los dictados de los illuminati loesianos. Reparen en este primer axioma:

«El punto de partida serán los conocimientos previos del alumnado, a partir de los cuales se irán construyendo los nuevos conocimientos.»

El tufo constructivista llega hasta la morada del mismísimo Álvaro Marchesi. Está bien partir de los conocimientos previos (¿de cuáles, si no?), pero esta redacción tan lacónica presupone que, sean cuales sean tales conocimientos, actuarán como una fuerza generativa de cuanto debe conocerse en la etapa secundaria. Siendo así que las programaciones de las asignaturas son un apéndice superfluo y los objetivos de curso una referencia desustanciada. Nos parece una propuesta poco ambiciosa, que ni siquiera se plantea reparar las carencias con que muchos alumnos ingresan en los institutos de secundaria. Mi propuesta es la siguiente:

«El punto de partida serán los conocimientos previos del alumnado, a partir de los cuales se irán construyendo los nuevos conocimientos. En cualquier caso, los objetivos específicos establecidos para cada curso y etapa deben servir como referente de los resultados que se esperan alcanzar, adoptando los planes de trabajo precisos para su logro.»

El segundo punto es aún más revelador, casi escalofriante:

«Al mismo tiempo se tendrá en cuenta en lo posible los intereses propios de alumnos y alumnas al elegir los temas y la forma de abordarlos. Se crearán  situaciones de aprendizaje motivadoras planteando situaciones que conecten de alguna manera con los intereses y expectativas del alumnado. No se trata de reducir el aprendizaje a lo que cada uno «desea saber» sino de crear un contexto interactivo generador de expectativas hacia los contenidos propuestos, de motivar a los alumnos para que se impliquen en el proceso de aprendizaje.»

¿Alguien puede garantizar que un niño de 12 años tenga la madurez suficiente como para saber qué es lo que realmente le interesa y si ese interés es el que más conviene a sus circunstancias? ¿Se trata de los «intereses propios» de los alumnos como masa homogénea e indiferenciada o de cada alumno en particular? ¿Debo poner el programa de mi asignatura a disposición de la Vane o el Kevin y, «en lo posible», hablarles de Camela o del subwoofer Pioneer para coches tuneados? Los contenidos que el MEC asigna a cada curso y etapa, ¿tienen carácter legal o son un mero brindis al sol? «Intereses», «expectativas», «situaciones motivadoras»… Lo que sea, se nos sugiere, con tal de que los niños no se aburran ni un solo instante. Olvídemonos de intentar descubrirles nuevos mundos, experiencias y obras que han marcado el curso de la Historia. A menos que hayan salido en un anuncio de la tele. El alumno, pues, como consumidor/cliente al que hay que prolongar la infancia y que, claro está, siempre tiene razón y ha de ver su caprichosa demanda satisfecha. Una férrea normativa estatal dirigiendo la Escuela-Mercado. Cosas veredes, Sancho, cosas veredes. Aún peor es la aclaración paliativa que sigue. Lanzada la piedra, el redactor esconde la mano en la intrincada jungla de la neolengua pedagónica: en resumen, se trata de «crear un contexto interactivo generador de expectativas hacia los contenidos propuestos.» Farfolla, que diría un castizo. Ésta es mi sugerencia:

«Se tratará de estimular en el alumno el deseo de aprender, presentando los contenidos de cada asignatura no como una abstracción desconectada de la realidad, sino como el fruto de una herencia cultural en la que los individuos se ven reflejados para alcanzar un mejor conocimiento de sí mismos. El aprendizaje debe ser una invitación a no estar exclusivamente interesados por lo que nos es familiar, sino a desear la comprensión de lo que todavía no se sabe.»

El tercer punto continúa la demolición virtual de la libertad de cátedra, privilegiando unos métodos por encima de otros:
«Se reducirá la metodología expositiva en la medida de lo posible. Esta metodología se intercalará con diálogos dirigidos en los que además de desarrollar la competencia comunicativa a nivel oral el  alumnado irá razonando y extrayendo conclusiones a partir de la exposición del profesorado.»

Obviemos ese horrible «a nivel oral». Lo cierto es que este punto es insostenible. Está comprobado que la metodología expositiva basada en organizadores previos puede ser tan exitosa como cualquier otra. Y que es especialmente recomendable en secuencias curriculares largas y especializadas, como son las que corresponden a las materias de esta etapa. Por lo demás, dicho sistema combina deducción e inducción (véanse pags.287 y ss. De “Modelos de enseñanza”, de Bruce Joyce y Marsha Weil). Insisto en que forzar a la utilización de un único modelo – además de recordar a políticas de planificación soviéticas – no sólo atenta contra libertades fundamentales, sino que también significa ignorar cómo son los auténticos procesos de enseñanza-aprendizaje (no los ideados en un aséptico laboratorio pedagógico) que a menudo combinan muchos de estos métodos: instrucción directa, cooperación entre pares, simulación, organizadores previos, formación de conceptos, etc. A cambio, se me ocurre:

«Cada enseñante es libre de utilizar la metodología que considere más apropiada para el dictado de su asignatura. De hecho, es frecuente que en una misma lección se empleen métodos de muy distinta naturaleza, tanto deductivos como inductivos, sin que exista uno solo que garantice el éxito de forma absoluta. Sería muy interesante que cada año se pusieran en común los diversos métodos utilizados por los miembros del claustro, como una vía para el intercambio de ideas y la autorreflexión.»

Creo innecesario continuar. Ustedes ya habrán leído otros borradores de Proyecto Educativo y habrán encontrado perlas semejantes, sino idénticas, a las que aquí se muestran. Estén preparados y soliciten una lectura previa de todo el Plan de Centro. La Ley es mala, pero su plasmación en los Reglamentos puede ser aún peor si no nos ponemos en guardia.

Esto es sólo el principio.

¿Del fin?

Follow the Leader

 

En el número 3.876 de la Revista Escuela sostiene Antonio Bolívar, Catedrático de Didáctica en la Universidad de Granada, que el problema de la enseñanza española es que sus “directores o directoras (sic) tienen una más baja capacidad de liderazgo pedagógico y, paradójicamente, administrativo.” Le satisface, pues, que la LOE haya “abierto la puerta de que (sic) entre las competencias de la dirección esté (art.132c) ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro”. No le produce idéntico placer que el claustro tenga tantas competencias como hasta ahora, pues eso es un impedimento para el despliegue carismático del líder.

Suponemos que lo que entiende Don Antonio por “liderazgo administrativo” apunta a la capacidad sancionadora de los directores. El “liderazgo pedagógico” está mucho más claro: el señor Bolívar quiere ser testigo de una escuela en la que el director “reorganice el currículum y mejore la labor docente del profesorado en su aula.”

Aquí hay un pequeño problema, Don Antonio, una cosita de nada, una bagatela. Los directores de escuela españoles lo son porque nadie más quiere serlo. Es raro, rarísimo, que en un centro se presenten dos candidaturas. Cuando esto ocurre, es debido a que la consecución del cargo posibilita ciertas ventajas personales, como pueden ser la permanencia en el instituto o el acercamiento a una plaza más tranquila o más próxima al domicilio. ¿Imagina una empresa privada en la que (casi) nadie quisiera ascender, en la que (casi) nadie quisiera mandar? Pues exactamente eso es lo que sucede en la enseñanza pública. Los inconvenientes son más que las prerrogativas.

Otra minucia, una caxigalina, es que para ser director no se exige otra cosa que unos años de antigüedad en la función pública. No importa lo estúpido que seas, no importa que jamás hayas dedicado un segundo a reflexionar sobre la enseñanza, no importa que en tus años de profesor cogieras la baja médica por un moqueo, no importa que cometas faltas de ortografía o asesines el idioma cada vez que hablas, no importa nada. Basta con que el claustro te vote. Y, dadas las premisas apuntadas supra, la gente lo vota a uno con tal de quitarse el muerto de encima, no vaya a ser que me toque.

¿Y usted me dice que con semejantes mimbres nuestras escuelas se van a poblar de “líderes pedagógicos” ? Permítame que lo dude, Don Antonio. No contento, pretende que “reorganicen el currículum”, lo que acaba con la igualdad de oportunidades: una familia tendrá que elevar plegarias para que al  eximio caudillo no le dé por crear diez hodiernos seminarios de – un poner – Género, Ecociudadanía, Prevención de Drogas, Multiculturalismo, Redes Sociales, Lip Dub, Marquetería, Animalismo, Yoga, Bailes de Salón y Movida Madrileña.

También apetece usted que el nuevo Ducemejore la labor del profesorado en su aula.» Ya. Supongo que tiene usted en mente a un Übermensch capaz de instruir sobre cada especialidad con la soltura de un Leonardo. Yo sólo le pido que me diga de qué modo puede mi director (especialista en Educación Física) cuestionar mis planteamientos didácticos en la clase de Música. ¿O cree que he estudiado treinta años para que un profano me diga cómo debo enseñar solfeo?

En cualquier caso, imagino que dice estas cosas porque ya está usted maduro para que el Rector de la Uni supervise sus clases; y porque escuchará con el debido respeto y choque de talones las sugerencias de su excelentísimo jefe.

¿No?

 

Herr Direktor: Die Übermensch

La Neolengua del ROC (III): La Innovación.

La innovación es, asimismo, término caro al redactor del nuevo Reglamento. Experimentación, líneas innovadoras, investigación, son otros sintagmas que aparecen con bastante frecuencia en el articulado del ROC. ¿Qué hay de malo en ello?, dirán. En principio, nada.

Sin embargo, quien tiene ya unos años de experiencia en este gremio sabe de qué hablamos cuando hablamos de Innovación, así, con mayúscula hormonada y eréctil.  Lo novedoso suele ser cualquier método que se ajuste antes a los patrones por los que se inocula el ocio que a la reflexión lenta requerida por un trabajo exigente: Homo Ludens. Sociedad del Espectáculo. The Show must go on.

La pasión por la novedad pedagógica no incluye un posible regreso a metodologías tradicionales, aun cuando tales procedimientos hayan demostrado su efectividad en muchos casos. Hasta el infinito y más allá, lo nuevo es tanto mejor cuanto más bárbaro, cuanto más fragmentario y posmoderno, cuanto más ecléctico y cacharrológico. Lo nuevo es lo que mejor alivia el peso de los contenidos para poner toda su atención en la ligereza de las interacciones. Lo nuevo es lo que sacrifica el resultado para elevar los procesos a los altares de las evaluaciones imposibles. ¿Qué evaluar, si sólo importan los medios? Diviértanse, profes.

La Innovación es hermana siamesa de la Formación, en un hábil intento de hacerlas sinónimas de sangre. Formarse es crear ex novo, formatear el disco duro de la entumecida Academia y destilar elixires que luego se venden en la vanidosa feria pedagogista con grandes dosis de charlatanería. Formarse es ser creativo, como si la creación fuera un simple aditamento de la voluntad, o, aún peor, un don que se adquiere a golpe de decreto. No se es modelno en el circo institucional si no añades ración y media de espectáculo a tus clases. Como apenas importa qué han de saber los alumnos, debemos cuidar la puesta en escena, fomentar la convivencia y el buen rollo con acciones próximas a la sensibilidad adolescente. Ahí está la plaga de los lip dubs, esos largos planos secuencia en los que todos los miembros de una institución coreografían en riguroso playback una simpática cancioncilla.

Poco importa que ésta sea parte de la bazofia principaloide que expelen las radios. El caso es pasarlo bien, concebir la escuela como si cada día fuese la fiesta fin de curso. Porque la escuela debe ser una fiesta constante. Y tú, profe, debes aprender de los monologuistas de la Paramount Comedy, que para eso son grandes comunicadores. O de Madame Vadeguay, que tiene un nombre ídem y mola más, como de aquí a Lima, que la sosainas de Madame Buterffly.

Esta diatriba no nos hace partidarios del inmovilismo y el estado fósil, ni mucho menos. Salvando las debidas distancias, uno sigue viendo con admiración aquellas clases magistrales que Leonard Bernstein impartía en la televisión americana de los 60: una maravillosa coherencia de forma y fondo, un ameno y estructurado plan para acercar el conocimiento de la música a los más jóvenes.

Pero no admira tanto el espectáculo de una orquesta convertida en herramienta didáctica como el del maestro explicando con absoluta naturalidad las nociones musicales más complejas. Los medios son fantásticos, desde luego, pero lo que a uno le emboba y le hace regresar una y otra vez a los libros cruciales de su materia es la maestría del compositor norteamericano, su conocimiento profundo del código y la capacidad de seducción que nace de su misma excelencia. Dicho de otro modo: la visión panorámica de Bernstein es posible porque domina los aspectos particulares con la facilidad del experto. Es dueño de sus métodos porque previamente se ha convertido en dueño de su disciplina. Él es el método.

Así, está muy bien que el ROC dictamine un deber del profesor “la investigación y mejora continua de los procesos de enseñanza” (Artículo 9.m). Siempre y cuando no olvide que todas las investigaciones y todos los procesos de nada valen si no contribuyen a mejorar los resultados.

Está muy bien que una de las competencias del Claustro sea la de “promover iniciativas en la experimentación” (Artículo 68.e). Siempre y cuando tales experimentos acrediten unas mínimas garantías de éxito, más allá de las ocurrencias marchosas de la pedagogía fashion.

Todo está muy bien si sabemos separar lo nuevo de lo bueno; pues es de temer que, si sólo alimentamos el engaño de muscular la Innovación con letras capitales, la verdadera novedad será asistir al espectáculo que prodigan los auténticos maestros.

Nota: no añadimos esta vez la cita de Goebbels por ser idea vieja y, por ende, poco innovadora

La Neolengua del ROC (II): La Formación.

 

2. FORMACIÓN

He aquí otro concepto-fetiche que prolifera en las páginas del ROC y cuyo verbo casi se encarna en el Artículo 87. Departamento de formación, evaluación e innovación. Antes de analizar qué entiende el redactor del ROC por formación, recordaremos que dicho departamento lo componen el propio jefe de esta nueva “criatura” (designado por el director), un profesor de cada una de las áreas de competencias (designados por los coordinadores de las mismas) y el jefe del departamento de orientación o quien éste distinga como representante.

Ya ven cuán compleja es la maraña clientelar del nuevo Reglamento. Va a ser muy divertido comprobar cómo se desarrolla el año que viene la competencia digital en las escuelas. La de los nombramientos a dedo, quiero decir.

Pues bien: esos señores digitalizados que he mencionado antes tienen, entre sus muchísimas funciones, las siguientes:

a) Realizar el diagnóstico de las necesidades formativas del profesorado como consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen.
b) Proponer al equipo directivo las actividades formativas que constituirán, cada curso escolar, el plan de formación del profesorado, para su inclusión en el proyecto educativo.
f) Investigar sobre el uso de las buenas prácticas docentes existentes y trasladarlas a los departamentos para su conocimiento y aplicación.

Sólo estos tres puntos nos dan una idea aproximada de en qué clase de jardines se van a meter quienes tengan el honor de ostentar tan reputados cargos. Sin otro mérito que la nominación ad digitum, estos colegas del claustro tendrán el poder de juzgar las siguientes cuestiones:

1. Si es usted buen profesor.
2. En caso de no serlo, por qué.
3. Cuál es el remedio para sus males.

Sobre el papel, su labor no es meramente orientativa, pues de sus decisiones se derivan acciones concretas: cursillos (b) y nuevas metodologías de obligada aplicación (c).
De este modo, los políticos se quitan de encima otra responsabilidad para traspasársela a los claustros. Las tensiones internas están servidas.

¿Qué va a ocurrir, en realidad? Si el espíritu crítico del gremio permanece en la atonía usual, este nuevo departamento se convertirá en pieza apetecida para conseguir reducciones horarias. Los diagnósticos serán un puro trámite que se cumplirá al final de curso con la misma desganada arbitrariedad con que se rellenan los apartados de competencias básicas, pues, al fin y al cabo, todo el mundo es consciente de que una y otra cosa son un camelo formidable. Dada la naturaleza del diagnóstico, las actividades formativas serán aquellas que menos lesionen la autoestima de los compañeros, al menos de forma individual (¿imaginan a un profesor de Inglés señalando las deficiencias del profesor de Matemáticas en su instrucción de la materia?) de tal modo que los cursillos programados lo serán sobre varias y grandilocuentes chorradas: resolución de conflictos, aprendizaje emocional, multiculturalidad en las aulas, trabajo en equipo o Cómo ser una Payas@ y no morir en el intento (http://www.practicaseducativas.org/talleres.php?id_tal=21)

Como solución de compromiso, se pedirá al claustro que participe en alguno de estos talleres, bien juntitos y de la mano para que el agravio se diluya o salpique ligeramente a todos. Si el claustro es la reunión de bustos silentes que acostumbra ser, nadie hará lo que es debido. Y, ¿qué es tal cosa? Negarse muy amablemente a realizar tal curso, en espera de que un acreditado especialista de nuestra asignatura se brinde a señalarnos los errores didácticos en que incurrimos día a día.

Esto será lo habitual, lo que no quita para que en algunos institutos especialmente metodológsicos se aproveche la norma con el fin de escarnecer a los profesores que aún mantienen altos sus niveles de exigencia.

El Reglamento abre la puerta a esta persecución selectiva, como señala el Artículo 9. Funciones y deberes del profesorado:

k) La participación en las actividades formativas programadas por los centros como consecuencia de la autoevaluación o evaluaciones internas o externas que se realicen.

Así que nadie está libre de la persuasión ideológica de los prohombres logsianos.

La cuestión que tratábamos de responder (¿qué entiende el redactor del ROC por formación?) es un artificio retórico. Entre los deberes del profesor no figura, curiosamente, la obligación de estar actualizado en el conocimiento de la disciplina que imparte. No se trata de una omisión accidental. Resulta que cuando se habla de formación en la escuela hodierna, los conocimientos no tienen cabida. Ninguna de estas auto, intra o exoevaluaciones sirven para evaluar nada. Por descontado, ni siquiera lo que saben nuestros profesores de su propia materia. De lo que se trata es de ejercer el control so pretexto de brindar autonomía. Tal autonomía no es otra cosa que un regalo envenenado de la Administración, pues, además de estar sujeta a mil y una restricciones, propicia el enfrentamiento y la acusación infundada entre los profesionales que ella misma contrata. La estrategia es perfecta para convencer a la opinión pública de que el único problema del fracaso escolar radica en la deficiente formación de los profesores. Se vende una autonomía de cartón piedra para no asumir la responsabilidad de dicho fracaso. El pope político proclama, sofístico: “Os di libertad y no supisteis emplearla.”

Entretanto, los problemas reales seguirán ahí, como el dinosaurio de Monterroso:

– La comprensividad hasta los 16 años.
– La promoción automática.
– La postergación del conocimiento en la metodología logsiana.
– La desconfianza recíproca entre Administración y profesores.
– La desconfianza recíproca entre Administración y administrados.

Por si fuera poco, las condiciones de acceso a la Enseñanza dependen cada día menos de la formación científica y más de la inmersión ideológica en los dogmas de la pedagogía oficial. Frente al rigor y el carácter meritocrático de dicho acceso en otras latitudes, en España las pruebas de admisión gravitan en torno al cómo, despreciando el qué. Si a ello unimos la estabilización forzosa del contingente interino, podemos inferir que la competencia del cuerpo docente disminuye en la misma proporción en que el conocimiento deja de ser el eje de la Enseñanza para ser reemplazado por el mito pedagógico de las nuevas metodologías.

Esta formación a que alude el ROC es, por tanto, una etiqueta sin contenido. No se pregunta por el nivel cultural y la maestría de sus profesionales, sino que trata de encaminarlos a todos por la senda gregaria del pensamiento único. Exactamente como hace con los destinatarios de sus enseñanzas.

Si después de leído este somero análisis alguien cree que la formación no significa aquí otra cosa que ignorancia, es que ya ha asimilado aquella máxima del eminente propagandista Joseph Goebbels, por la cual una mentira repetida mil veces acaba siendo una verdad.

El próximo día hablaremos de la Innovación.

La Neolengua del ROC (I): La Autonomía.

Las logomaquias educativas constituyen un campo semántico fascinante. Como ocurre con el doble lenguaje político – la neolengua orwelliana de 1984 – las palabras significan lo contrario de lo que el uso común prescribe, de modo que la escuela se convierte en algo así como una imagen especular del mundo. Semejante transfiguración sigue un procedimiento muy sencillo. En primer lugar, se escoge una serie de palabras totémicas, sacralizadas e inatacables. Formación, Autonomía, Innovación. En segundo lugar, se asigna a tales términos toda una sarta de atributos que, lejos de corresponder a la acepción universalmente consensuada de los mismos, se identifican exactamente con sus antónimos: Permanencia, Subordinación, Ignorancia.

Éste es uno de los modos como opera la Propaganda. Repetición, vaciamiento y sustitución. Repetición de las palabras-fuerza, vaciamiento de sus contenidos tradicionales y sustitución de éstos por sus contrarios. Una estrategia semejante obliga a profundizar en el desarrollo que las autoridades hacen de los conceptos divulgados a la opinión pública. El mejor amigo del político es el titular, el reclamo publicitario, el eslogan.  Mientras que el ciudadano debe perseguir la fidelidad del análisis si no quiere descubrir el engaño cuando ya es demasiado tarde.

Veamos cómo se cumplen estos principios en el nuevo ROC aprobado por la Junta de Andalucía:

 

  1. AUTONOMÍA

Ésta es quizá la palabra clave del documento, con la que más se insiste a la hora de blindar el ROC frente a toda crítica.  Afortunada elección, siendo como es uno de los objetivos de la pedagogía moderna: formar individuos autónomos y dotados de pensamiento crítico. Ser autónomo supone darse normas a uno mismo, libre de las presiones externas y atento a la reflexión propia antes que a las imposiciones de lo establecido.

Se nos dice una y otra vez que la autonomía es un factor decisivo para alcanzar resultados satisfactorios. Sin embargo, esto no es del todo cierto. La mayoría de los sistemas educativos exitosos están sujetos a un reglamento estricto, transparente y sencillo que todos deben cumplir por igual. Así ocurre en Flandes, Baviera, Singapur y Corea, por poner unos cuantos ejemplos, frente a la mayor independencia de los centros finlandeses, en cuya estructura no cabe, por cierto, la figura de la inspección. No hay lugar aquí para empezar un debate sobre la preferencia de uno u otro modelo, sino para dejar constancia de que la tan cacareada autonomía no es condición necesaria para el éxito escolar. Puede que sea preferible una concepción más heterónoma si ésta va acompañada de unos objetivos claros, un adelgazamiento de la burocracia y una confianza recíproca entre docentes y autoridades. De hecho, es la confianza lo que tienen en común el centralizado modelo coreano y el más autónomo de Finlandia. La confianza y el alto nivel de competencia de sus profesores.

Por otra parte, la autonomía que se nos vende no es tal. ¿Puede concederse tal gracia a través de un texto de 100 artículos? Y, ¿a quién corresponde ejercer tal autonomía? No, desde luego, al Claustro de profesores, que se convierte en un órgano subsidiario del Director y de los flamantes departamentos neopedagógicos. ¿Qué autonomía, entendida como la capacidad de tomar decisiones sin injerencias extrañas, pueden otorgar artículos como éstos?:

Artículo 9. Funciones y deberes del profesorado.

k) La participación en las actividades formativas programadas por los centros como consecuencia de la autoevaluación o evaluaciones internas o externas que se realicen.

l) La participación en los planes de evaluación que determine la Consejería o los propios centros.

n) El conocimiento y la utilización de las TIC como herramienta habitual del trabajo en el aula.

No existe autonomía cuando a uno lo fuerzan a ejercer la autonomía. La trampa está en que los centros tienen la obligación de programar actividades, quieran o no, sea necesario o no. Y lo peor es que, como veremos, estas actividades no están orientadas a los conocimientos específicos de cada asignatura, sino a las muy heterónomas prescripciones de la pedagogía socializante y pseudoconstructivista de la curia logsiana. En cuanto a los planes de evaluación, ¿incluyen esas estériles pruebas de diagnóstico que sólo certifican lo sabido por todos y cuyos resultados se camuflan o se interpretan a la luz de la sacrosanta Equidad? ¿Qué autonomía se concede cuando se explicita la metodología a seguir por todos los profesores?

Por lo demás, ese Artículo 9 n) entra en flagrante contradicción con el 10.2 b) sobre los Derechos del Profesorado:

Artículo 10.2.

b) A emplear los métodos de enseñanza y aprendizaje que considere más adecuados al nivel de desarrollo aptitudes y capacidades del alumnado, de conformidad con el proyecto educativo.

Bien. Pongamos que mi consideración me dicta no emplear las TIC en el aula. O, simplemente, no utilizarlas de modo habitual. ¿Puedo acogerme al derecho o debo cumplir con mi deber? ¿Dónde queda la libertad de cátedra amparada por la Constitución y ratificada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional?:

Así, en la Sentencia de 23-02-1985, el Tribunal Constitucional reconoce la libertad de cátedra a TODOS los docentes, sea cual fuere el nivel de enseñanza en el que actúan –no se circunscribe por tanto exclusivamente al ámbito universitario- y la relación que media entre su docencia y su propia labor de investigación. […]

Así, en la pág. 34, de la sentencia comentada, el Tribunal manifiesta que:

“la libertad de cátedra… habilita al docente para resistir… cualquier orientación que implique un determinado enfoque de la realidad natural, histórica o social…”

 En otra conocida y reciente sentencia del Tribunal Constitucional, Auto numero 423/2004 se afirma:

 […] «este derecho fundamental -como libertad individual del docente- es una proyección de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones que cada profesor asume como propias en relación con la materia objeto de su enseñanza» […]

Extracto de «La libertad de cátedra en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional«, de David Arboledas

 

El propio derecho, tal y como aparece formulado, es, en realidad, un nuevo deber. La coletilla final (“… de conformidad con el proyecto educativo”) ata de pies y manos al profesional de la enseñanza, cuyos métodos deben ceñirse a la uniformidad procedimental que viene desde arriba.

 La autonomía, así expresada, es un subterfugio para socavar la autoridad del profesorado, por más que, de forma hipócrita, en otros artículos se invoque ésta como un satisfecho brindis al sol. El Claustro se convierte en un órgano más de la comunidad educativa, sin apenas competencias en lo que respecta a la elaboración del Plan de Centro. Además de lo que corresponde a la gestión académica de sus asignaturas, su papel más relevante es aprobar y evaluar las líneas generales de actuación pedagógica (Artículo 22.2), lo que no es decir mucho. También se le deja decidir en cuestiones como la transversalidad, la igualdad de género, y otras enseñanzas (sic).

 Lo más grave es que la Administración le traspasa la responsabilidad de decidir los criterios pedagógicos que regirán la desaparición de departamentos y la creación de otros nuevos, con las repercusiones que tales criterios tendrán en la configuración de los horarios y en la estabilidad laboral de los trabajadores. Se podría dar el caso de que un profesor de Dibujo argumente con toda seriedad la conveniencia pedagógica de eliminar el departamento de Música, y viceversa, lo cual significa convertir la supuesta autonomía en una proliferación de pequeñas y enfrentadas taifas didácticas. Con este ardid, la Administración pretende que los profesores estén más preocupados por conservar su estatus que por poner en cuestión los principios básicos de este reglamento mendaz.

 El Claustro nada tiene que decir en la elaboración del proyecto educativo, incluido el plan de convivencia, ni en el ROF. Como escribe un estimado compañero de la Asociación [PIENSA], “no es casualidad que se excluya al claustro de la elaboración de este plan. Los profesores, que son los que sufren las consecuencias de la indisciplina, son silenciados porque, en el fondo, el plan de convivencia consiste en que los alumnos estén, como sea, en el centro, hagan lo que hagan, con los profesores como cuidadores”. Añado yo: y vigilantes, psicólogos, monitores de ocio, expertos en seguridad de edificios (plan de autoprotección) y mozos de cuerda (plan de gratuidad de libros de texto).

 Si querían ustedes más autonomía, el Artículo 29, sobre las programaciones didácticas, les da taza y media.

 Artículo 29. Las programaciones didácticas.

1.     […] Serán elaboradas por los departamentos de acuerdo con las directrices de las áreas de competencias […]

 El redactor debería haber matizado: “por los departamentos que aún existan”. Ésta es una nueva constricción de la libertad de cátedra. Desde ahora, el máximo especialista de Historia tendrá que obedecer las pautas pedagógicas de un colega –  pongamos, de Latín –  al que el Director ha nombrado jefe de área. Las áreas tienen como misión examinar competencias básicas; es decir, los “niveles mínimos de subsistencia intelectual” (Gregorio Luri). Así, las asignaturas se diluyen, rebajan sus exigencias, se trivializan o edulcoran a la medida de muchos alumnos y padres que, lejos de demandar rigor y transmisión eficaz de saberes, parecen conformes con esta nueva era de la Educa100. La educación de bazar chino, donde se mezclan sin criterio un montón de menudencias que exigen el esfuerzo equivalente a veinte duros.

Otro alarde autonómico es incluir un punto, el 29.5 en el que se alienta la “realización de trabajos monográficos interdisciplinares”. Estupendo. Y, ¿por qué no la realización de exámenes orales eliminatorios, o la redacción obligatoria de un cuento semanal sobre el sexo angélico o las teselas bizantinas?

Para completar el cuadro, el Artículo 87 confirma la existencia de un departamento de formación, evaluación e innovación educativa. Dicho en plata: una serie de compañeros que hasta ayer eran tus pares, serán investidos del poder de analizar, juzgar y corregir tu trabajo. Una auténtica Securitate pedagógica formada por los mismos profesores cuya autonomía intelectual es puesta en entredicho. Las fallas que estos conversos adviertan en el desempeño de nuestra profesión serán subsanadas con proyectos formativos procedentes de esa reserva espiritual del dogmatismo pedagógico que son los CEPS. Tantas son, por cierto, sus atribuciones que poco tiempo les restará para formarse ellos mismos. Temo que no dispongan siquiera del imprescindible para preparar sus clases.

 Si después de leído este somero análisis alguien cree que la autonomía no significa aquí otra cosa que subordinación, es que ya ha asimilado aquella máxima del eminente propagandista Joseph Goebbels, por la cual una mentira repetida mil veces acaba siendo una verdad.

 En la próxima entrega, hablaremos de la Formación.

 

El claustro del IES Burguillos contra el ROC

El verano es propicio para el descanso y, también, para el olvido y la suspensión de acontecimientos. Sin embargo, el poder nunca descansa. Antes al contrario, aprovecha la modorra canicular para llevar a cabo sus planes más siniestros. Como el ROC está a la vuelta de la esquina, reproducimos aquí el escrito anti-ROC del IES Burguillos. Una sola página directa al corazón del monstruo burocrático.

Descansemos, sí. Pero no olvidemos.

Los abajo firmantes, miembros del Claustro de Profesores del IES Burguillos, tras reunión celebrada el día 3 de marzo de 2010, deciden enviar el presente escrito exponiendo su disconformidad con el Borrador de nuevo ROC que se prevé entrará en vigor el próximo curso escolar. Las discrepancias se fundamentan principalmente en los siguientes puntos:

– Las competencias que se atribuyen a la figura del Director entran en conflicto con los criterios de objetividad y transparencia propios de la función pública, menoscabando los derechos laborales y profesionales del profesorado, así como el principio de libertad de cátedra.

– La autonomía que se presenta en el nuevo Reglamento no es más que la del Director para hacer y deshacer a su antojo, sin que se recoja en ningún punto la posibilidad de que el profesorado pueda, de manera individual o colectiva, participar en la toma de decisiones. De esta manera, frente a los discursos oficiales que pregonan la democratización de la vida escolar, el Director se convierte ya no en una figura de autoridad, sino autoritaria.

– El nuevo ROC, más que potenciar los órganos colegiados de gobierno, propicia la devaluación de los mismos, especialmente del Claustro de Profesores, que se convierte en un órgano meramente consultivo.

– El hecho de que las Áreas de Competencias Básicas sustituyan a los Departamentos Didácticos, que dejan de estar respresentados autónomamente en el ETCP, promueve la primarización de la Enseñanza Secundaria y aminora el protagonismo del conocimiento como referente educativo.

– La falta de confianza en la labor del profesorado queda patente con la creación de un nuevo Departamento de Formación, Evaluación e Innovación que anula la autonomía del profesorado y entra en conflicto con la libertad de cátedra, máxime teniendo en cuenta que los miembros de ese Departamento son designados por el Director sin reunir ninguna clase de méritos objetivos para ejercer tal cargo.

– Con el nuevo ROC, sea el Director o el Claustro de Profesores quien decida el número de Departamentos didácticos, se da pie a que se produzcan desigualdades en función de criterios que se alejan de los fundamentos universales para toda la enseñanza pública.

– Estas desigualdades harán que se creen centros de primera y segunda clase, incidiendo en la formación de un buen número de alumnos.

– Los centros de enseñanza quedan como meros reflejos del contexto cultural y económico en que se ubican, limitando su capacidad de ser un «ascensor social» y ampliando las desigualdades entre los distintos centros y los miembros de la comunidad educativa.

Este escrito, aprobado por una mayoría de 24 profesores, fue enviado al Consejero de Educación de la Junta de Andalucía con fecha de entrada del 23/3/2010 y número 166; así como al Delegado de Educación en Sevilla, con fecha del 23/3/2010 y número 165.

El claustro del Inmaculada Vieira contra el ROC

Por su interés, reproducimos el comunicado del IES Inmaculada Vieira (Sevilla) contra el ROC. Un ejemplo que esperamos se extienda a todos los institutos andaluces. Gracias, compañeros:

CONTRA LA ENGAÑOSA AUTONOMÍA DE LOS CENTROS.

Según el borrador, se pretende dotar a los centros de una mayor autonomía. Si esto fuera así, nuestro centro optaría por atender a la demanda del alumnado creando diferentes itinerarios a partir de una edad más temprana y ofertando formación profesional como necesidad prioritaria de la zona. Sin embargo, a pesar de la evidencia, nuestro centro no tiene la potestad para decidir al respecto; únicamente tiene la posibilidad de solicitar y comprobar que año tras año las sucesivas peticiones se deniegan.

CONTRA LA CONCENTRACIÓN DE PODER EN LA FIGURA DEL DIRECTOR

Actualmente, el hecho de que un profesor del centro se postule como director del mismo responde a un acto de voluntarismo, pero con el nuevo ROC un cargo que debería suponer el reconocimiento a la profesionalidad se torna en castigo. Esto, en el mejor de los casos, partiendo de la buena voluntad del postulante. Habrá otros, sin embargo, en los que se haga uso y abuso del pleno poder mientras el colectivo-claustro se limita a formular propuestas y a ser oído una vez  amputada su capacidad para la toma de  decisiones. Nuestra apuesta sigue siendo la participación democrática en el centro, ya que formamos parte de la escuela pública, que está regida, entre otros, por este principio.

CONTRA LA NUEVA ORGANIZACIÓN DE DEPARTAMENTOS POR ÁREAS DE COMPETENCIA Y LA CREACIÓN DE DEPARTAMENTOS SATÉLITES

Estamos a favor del trabajo interdisciplinar y coordinado, pero sin perder la perspectiva de nuestras especialidades, que son aquellas que nos capacitan como profesionales de las materias que impartimos. Una agrupación de materias por áreas de competencia invita a la trivialización e instrumentalización de los contenidos en función de su utilidad para la vida cotidiana o su capacidad inmanente de motivar al alumnado sin que esto requiera ningún esfuerzo. Por otra parte esta nueva distribución no es operativa y sólo hace que fomentar la carga burocrática.

CONTRA LA FORMACIÓN DEL PROFESORADO TELEDIRIGIDA

Como profesionales de la enseñanza, consideramos inherente a nuestra labor docente la formación continua. Pero, ¿en qué términos?, ¿en los que decida un departamento del centro o el propio director in extremis? Sí que es nuestra obligación seguir formándonos, pero haciendo uso de nuestra libertad para elegir en función de nuestros propios criterios y necesidades. Es sintomático, por otra parte, que el único tipo de formación que se sugiere en el borrador ROC sea en referencia a la prevención y resolución de conflictos. Ya hemos hecho cursos a este respecto, y grupos de trabajo, y hemos asistido a charlas, pero seguimos conviviendo día a día con el conflicto, y tenemos la certeza de que su resolución no depende en exclusiva de la formación de los profesores.

CONTRA UN IDEARIO UNÍVOCO PARA LOS CENTROS

Por otra parte, nuestro centro se caracteriza por la apertura al barrio y el trabajo en común con las entidades y centros de la zona. Uno de nuestros objetivos es buscar la implicación de las familias. También contribuimos en la dinamización cultural del barrio con la organización de actividades  abiertas al vecindario. En una zona problemática, donde la escuela tiene una connotación negativa, consideramos necesario realizar este esfuerzo. Esta realidad que vivimos en zonas  de dificultad especial, no obstante, no debe de ser extrapolada a otro tipo de centros u otro tipo de realidades, hasta el punto de igualar el rasero normativo y condicionar el ideario de todos los centros de una manera unívoca, lo cual no contribuye a dotar a los centros de autonomía.

POR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DEL ALUMNADO

Hemos reservado este apartado para cerrar nuestro manifiesto, pues consideramos que es el de mayor importancia: se  incide en el borrador en garantizar el éxito escolar del alumnado a través de la adaptación al contexto y las necesidades de la zona. Si lo que intentamos es velar por la igualdad de oportunidades, consideramos  que la adaptación de la escuela a un contexto problemático efectivamente puede garantizar el éxito escolar, en detrimento del desarrollo de su nivel curricular y de la posibilidad de  competir con alumnado de otras zonas más favorecidas. Habría que preguntarse si quizás no estaremos contribuyendo a perpetuar las diferencias antes que a garantizar dicha igualdad.

ADDENDA: El 27 de Mayo del curso pasado el centro envió a la Administración un documento que recogía básicamente los contenidos ya expuestos como respuesta al anterior borrador ROIES. Aquel documento comenzaba así:

“El borrador del ROIES concreta en algún aspecto las líneas de actuación que se recogen en el Título IV de la LEA en lo que a organización y funcionamiento de los centros se refiere. No deja de resultar sorprendente, por ello, que se soliciten propuestas a los claustros de los centros a posteriori cuando la opinión que de ellos se vierta probablemente tenga una validez y viabilidad mínima. Nos hubiera gustado que dicho sondeo se hubiese realizado con anterioridad y sin marcar unas pautas preestablecidas.”

Las propuestas de los centros se recogían en un documento de consulta teledirigida, guiada por una serie de cuestiones que nos circunscribían irremediablemente al texto normativo, y, por tanto, indiscutible en términos generales. Está claro que en el proceso de consulta democrática,  las opiniones divergentes han quedado fuera de todo debate.

http://www.iesinmaculadavieira.es/